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Documento BORME-C-2011-36334

APARTAMENTOS AMANIEL, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INMOBILIARIA LOVE, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)
APARTAMENTOS AMANIEL
SOCIEDAD RESPONSABILIDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
VERTICALIA 49, SOCIEDAD LIMITADA
PROYECTOS DE ESPACIO 2010, SOCIEDAD LIMITADA
TODO ES POSIBLE INVERSIONES 2010, SOCIEDAD LIMITADA
HUERTO DE ESANOS, SOCIEDAD LIMITADA
RENTAP PROYECTOS, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 222, páginas 38724 a 38724 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-36334

TEXTO

De conformidad con los artículos 43, y 73 de la Ley 3/2009, se hace público que las Juntas Generales y Universales de socios de las sociedades de "Apartamentos Amaniel, Sociedad Limitada" y "Inmobiliaria Love, Sociedad Anónima" celebrada el 22 de noviembre de 2011 aprobaron, por unanimidad, la fusión por absorción impropia de "Inmobiliaria Love, Sociedad Anónima" por "Apartamentos Amaniel, Sociedad Limitada", y la simultanea escisión total de "Apartamentos Amaniel, Sociedad Limitada" traspasándose la totalidad de su patrimonio social a las sociedades beneficiarias de nueva constitución "Verticalia 49, Sociedad Limitada", "Proyectos de Espacio 2010, Sociedad Limitada", "Todo es Posible Inversiones 2010, Sociedad Limitada", "Huerto de Esanos, Sociedad Limitada", y "Rentap Proyectos, Sociedad Limitada". Todo ello conforme a lo dispuesto en el proyecto de fusión por absorción y escisión total suscrito por los órganos de administración de las sociedades participantes y presentado a deposito en el Registro Mercantil de Madrid.

La fusión y escisión se acordaron con la aprobación de los respectivos balances de fusión y escisión de 17 de octubre de 2011, sin conceder ventajas especiales a los miembros de los órganos de administración, ni a los expertos independientes, quedando subrogada la absorbente de la fusión y posteriormente las beneficiarias de la escisión en todas las relaciones jurídicas y económicas tanto de la sociedad absorbida como posteriormente de la sociedad absorbente y escindida de forma simultánea.

De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009 se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades afectadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y que asimismo a los acreedores de las sociedades les asiste el derecho de oposición a la fusión y escisión, durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos adoptados en la Junta General Universal.

Madrid, 22 de noviembre de 2011.- Los administradores solidarios de "Apartamentos Amaniel, Sociedad Limitada" y de "Inmobiliaria Love, Sociedad Anónima", don Rafael López-Vélez Pérez y don Rogelio López-Vélez Pérez.

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