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Documento BORME-C-2011-36490

TUBOS Y HIERROS INDUSTRIALES, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SUMINISTROS ELÉCTRICOS LA GARRIGA ,S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 223, páginas 38892 a 38893 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-36490

TEXTO

El Consejo de Administración de Tubos y Hierros Industriales, S.A. y los administradores solidarios de Suministros Eléctricos La Garriga, S.A., con fecha 30 de junio de 2011, han acordado, por unanimidad, de conformidad con el articulo 51 de la Ley 3/2009, la fusión por absorción de Tubos y Hierros Industriales, S.A., a Suministros Eléctricos La Garriga, S.A., sociedad íntegramente participada por aquélla, de conformidad con el proyecto de fusión por absorción, que tienen depositado en los registros mercantiles de Madrid y Barcelona y que a continuación se transcribe.

1.º Denominación, tipo social y domicilio de las sociedades que se fusionan:

Sociedad absorbente: Tubos y Hierros Industriales, S.A., con domicilio social en Madrid, c/ Alonso Cano, 23, y CIF A28013308, constituida por tiempo indefinido mediante escritura otorgada en Madrid ante el notario don Alicio Caravaca López, el día 31 de diciembre de 1920, y adaptados sus estatutos sociales a la vigente Ley de Sociedades Anónimas, mediante escritura otorgada en Madrid el día 25 de junio de 1992, ante el Nnotario de Madrid don Rafael Vallejo Zapatero, bajo el n.º 3.340 de protocolo, inscrita en el Registro mercantil de Madrid, al tomo 5498, folio 16, sección 8, hoja n.º M 89990, inscripción 194.ª

Sociedad absorbida íntegramente participada: Suministros Eléctricos La Garriga, S.A., domiciliada en La Garriga, Carretera Nova, n.º 125, local 2.º, provista de CIF A58973348, constituida por tiempo indefinido mediante escritura autorizada por el Notario que fue de La Garriga don José Eloy Valencia Docasar, el dia 21 de abril de 1989, con el n.º 633 de protocolo; adaptados sus estatutos a la vigente Ley de Sociedades Anónimas mediante escritura autorizada por el Notario de La Garriga Sr. Valencia, el día 23 de julio de 1992, con el n.º 1061 de protocolo; inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona en el tomo 10.602, folio 4, hoja b-68412.

2.º La incidencia que la fusión tendrá sobre las aportaciones de industria o en las prestaciones accesorias en Suministros Eléctricos La Garriga, S.A. (sociedad que se extingue) y las compensaciones que vayan a otorgarse, en su caso a los socios afectados en Tubos y Hierros Industriales, S.A. ( sociedad absorbente): no existen en Suministros Eléctricos La Garriga, S.A. aportaciones o prestaciones accesorias y por tanto no hay compensaciones a otorgar en Tubos y Hierros Industriales, S.A.

3.º Derechos que se otorgaran en Tubos y Hierros Industriales, S.A. a quienes tengan derechos especiales o a los tenedores de títulos distintos de los representativos de capital o las opciones que se les ofrezcan: no existen en Suministros Eléctricos La Garriga, S.A., ni en Tubos y Hierros Industriales, S.A., derechos especiales o tenedores de títulos distintos de los representativos de capital.

4.º Ventajas de cualquier clase que vayan a atribuirse en Tubos y Hierros Industriales, S.A. a los expertos independientes que hayan de intervenir, en su caso, en el proyecto de fusión, así como a los administradores de las sociedades que se fusionan: no hay ventajas para los expertos independientes, ni para los administradores.

5.º La fecha a partir de la cual la fusión tendrá efectos contables de acuerdo con lo dispuesto en el plan general de contabilidad: 1 de enero de 2011.

6.º Los estatutos de la sociedad resultante de la fusión: la sociedad Tubos y Hierros Industriales, S.A., no hará modificaciones estatutarias como consecuencia de la presente fusión.

7.º Las posibles consecuencias de la fusión sobre el empleo, así como su eventual impacto de generen los órganos de administracion y la incidencia, en su caso, en la responsabilidad social de la empresas, como consecuencia de la fusión: No hay.

Corresponde a los socios de la sociedad absorbente y a los acreedores de las sociedades que participan en la fusión el derecho a examinar en el domicilio social los documentos indicados en los números 1.º, 3.º, y 4.º del apartado primero del artículo 39 de la ley de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, Ley 3/2009, de 3 de abril, así como de obtener la entrega o envío gratuitos del texto íntegro de los mismos.

Tienen derecho los socios que representen al menos el uno por ciento del capital social a exigir la celebración de la junta de la sociedad Tubos y Hierros Industriales, S.A. para la aprobación de la absorción, asimismo tienen derecho los acreedores de la sociedad absorbente a oponerse a la fusión en el plazo de un mes desde la publicación del proyecto, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, Ley 3/2009, de 3 de abril.

Madrid y La Garriga, 16 de noviembre de 2011.- Los Secretarios de los Consejos de Administración.

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