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Documento BORME-C-2011-36714

SMURFIT KAPPA NERVIÓN, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SMURFIT ECOENERGY, S.L.
SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 224, páginas 39121 a 39121 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-36714

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de Smurfit Kappa Nervión, Sociedad Anónima y el Socio Único de Smurfit Ecoenergy, Sociedad Limitada Sociedad Unipersonal, aprobaron el 23 de noviembre de 2011 su fusión, mediante la absorción de Smurfit Ecoenergy, Sociedad Limitada Sociedad Unipersonal (Sociedad Absorbida) por parte de Smurfit Kappa Nervión, Sociedad Anónima (Sociedad Absorbente), con la consiguiente disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y el traspaso en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente, quien adquirirá, por sucesión universal, todos los elementos de los activos y pasivos, así como los derechos y obligaciones de aquélla.

Por tratarse de una fusión en que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la Sociedad Absorbida, es de aplicación lo establecido en el artículo 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, no procediendo ampliar el capital social de la Sociedad Absorbente, ni la elaboración de los informes de expertos independientes y del Órgano de Administración sobre el proyecto de fusión.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado en los términos establecidos en el Proyecto de Fusión suscrito por el Consejo de Administración de Smurfit Kappa Nervión, Sociedad Anónima y por el Administrador Único de Smurfit Ecoenergy, Sociedad Limitada Sociedad Unipersonal de fecha 17 de junio de 2011. Asimismo, se informa que, de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Ley 3/2009, de 3 de abril de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se aprobó el balance de fusión cerrado a 31 de diciembre de 2010.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión; asimismo se hace constar el derecho que asiste a los acreedores sociales de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos señalados en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Madrid, 23 de noviembre de 2011.- Don Juan Guillermo Castañeda Regalado.-El Presidente del Consejo de Administración de Smurfit Kappa Nervión, Sociedad Anónima.

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