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Documento BORME-C-2011-36801

ARTISAN, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INMOBILIARIA ARTIS, S.L.U.
LINDONICE, S.L.U.
ARTIKEL FRANQUICIAS, S.A.U.
ARTIKEL VALENCIA, S.L.U.
ARTIKEL ALICANTE, S.L.U.
ARTIKEL MURCIA, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 225, páginas 39216 a 39217 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-36801

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43, de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta general de "Artisan, Sociedad Limitada", reunida con carácter extraordinario y universal el día 21 de noviembre de 2011, en la sede de la sociedad ubicada en la calle Buenavista, número 4, de Benifaio (Valencia), ha aprobado, con la unanimidad de todos los socios, la fusión por absorción entre "Artisan, Sociedad Limitada" y "Inmobiliaria Artis, Sociedad Limitada Unipersonal", "Lindonice, Sociedad Limitada Unipersonal", "Artikel Franquicias, Sociedad Anónima Unipersonal", "Artikel Valencia, Sociedad Limitada Unipersonal", Artikel Alicante, Sociedad Limitada Unipersonal" y "Artikel Murcia, Sociedad Limitada Unipersonal". La fusión llevará consigo la disolución sin liquidación, y consiguiente extinción, de todas estas últimas por ser las sociedades absorbidas, con la consecuente transmisión en bloque de todos sus patrimonios sociales a "Artisan, Sociedad Limitada", quien, como sociedad absorbente, adquirirá, por sucesión universal, todos los elementos de los activos y pasivos, así como los derechos y obligaciones de aquéllas.

El proyecto común de fusión ha sido depositado en los Registros Mercantiles de Valencia, Alicante y Murcia. Los Balances de fusión, cerrados a 31 de agosto de 2011, han sido debidamente aprobados y auditados, en su caso, y la fusión tendrá efectos contables desde el 30 de junio 2011.

Se deja constancia expresa de que, al tratarse de una fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas y en virtud del régimen especial que para las mismas determina el artículo 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, no procede ampliar el capital social de la sociedad absorbente ni la elaboración del informe de Administradores y expertos sobre el proyecto de fusión. Del mismo modo, tampoco resulta necesaria la aprobación de la fusión por las Juntas generales de las sociedades absorbidas.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar el derecho de socios y acreedores a obtener de manera gratuita el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los Balances de fusión. Así mismo, se hace constar que los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos del artículo 44 del mismo texto legal, dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

La sociedad absorbente, "Artisan, Sociedad Limitada", conservará tras la fusión su actual denominación social, así como su domicilio social (en calle Buenavista, número 4, 46450 Benifaio) y sus Estatutos sociales, que permanecerán en vigor sin modificaciones.

Benifaio, 22 de noviembre de 2011.- Los Administradores solidarios, Mario Beltrán Navarro, Andrés Beltrán Marí, Victor Beltrán Navarro y Carlos Beltrán Marí.

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