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Documento BORME-C-2011-37233

MARINA D´OR-AIRLINES, S.L.U.
(SOCIEDAD CEDENTE)
MARINA D'OR-LOGER, S.A.
(SOCIEDAD CESIONARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 226, páginas 39661 a 39661 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CESIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-37233

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley 3/2009, de 3 abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("Lme"), mediante el presente se anuncia que el socio único de la mercantil Marina D´or-Airlines, S.L.U., decidió, el día 20 de noviembre de 2011, adoptar, entre otras, como entidad cedente, la cesión global de su activo y pasivo a Marina D'or-Loger, S.A., como cesionaria, sin contraprestación alguna para el socio único al ser la propia Marina D'or Loger, S.A., de conformidad con el proyecto de cesión global de activo y pasivo formulado por el administrador único de Marina D'or-Airlines, S.L.U. el pasado 15 de noviembre de 2011, tomando como base para la decisión el balance cerrado a 31 de octubre de 2011.

El administrador único de Marina D'or-Loger, S.A. ha aceptado, en fecha 15 de noviembre de 2011, la cesión global acordada, subrogándose a todos los efectos en todos los derechos y obligaciones de Marina d'or-Airlines, S.L.U., con efectos desde la inscripción de la mencionada cesión global en el registro mercantil.

De conformidad con lo que disponen los artículos 87.2 de la Ley 3/2009 sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles y 246 del Reglamento del registro mercantil, se hace constar el derecho que asiste a los socios de Marina d'or-Airlines, S.L U. y a los acreedores de Marina d'or-Airlines, S.L.U., y Marina D'or-Loger, S.A. de obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo adoptado y del proyecto de cesión global.

Igualmente, de conformidad con lo que dispone el artículo 88 de la ley 3/2009 sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles y 246 del reglamento del registro mercantil, se hace constar el derecho de los acreedores de ambas entidades a oponerse a la cesión global de activos y pasivos, dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de cesión global mencionado, en los términos y condiciones que establece el artículo 88 de la Lme.

En Castellón de la Plana, 24 de noviembre de 2011.- Don Miguel Federico Rivas García, el Administrador Único de "Marina D'Or Airlines, S.L.U.".

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