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Las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Socios de las citadas compañías, celebradas el 10 de noviembre de 2011, acordaron proceder a la fusión de las mismas, mediante absorción por parte de Sarhotel, S.L., de las compañías Sara Clun Hotel Playa, S.L., Saraji Hotel, S.L., Promotora Somemar, S.L., Recsal, S.L., Viajes Delfín Tour, S.L., Petal, S.L., Nora Futura, S.L. y Saramarhotel, S.L., aprobándose los respectivos balances. Las sociedades absorbidas se disolveran y sin liquidación transmitirán en bloque a título de sucesion universal todo su patrimonio a la sociedad absorbente, que se subrogará universalmente en todos los derechos y obligaciones de las absorbidas.
Se advierte expresamente a los socios y acreedores de todas y cada una de las citadas sociedades, del derecho que les asiste a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión. Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se advierte expresamente a los acreedores de las sociedades absorbente y absorbidas de su derecho a oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 44 de dicha Ley en el plazo de un mes, a contar desde la fecha del último acuerdo.
Cambrils (Tarragona), 10 de noviembre de 2011.- Administrador único.
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