De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria de accionistas de Fractus, S.A. (la "sociedad absorbente"), y la Junta General Extraordinaria de socios de Thermopylae Partners, S.L. (la "sociedad absorbida") (ambas conjuntamente, las "sociedades intervinientes"), ambas celebradas con fecha 12 de diciembre de 2011, han aprobado la fusión por absorción de la segunda por parte de la primera en los términos establecidos en el proyecto común de fusión depositado con fecha 7 de noviembre de 2011 en el Registro Mercantil de Barcelona.
La fusión proyectada entre la sociedad absorbente y la sociedad absorbida, implicará la disolución y extinción sin liquidación de la sociedad absorbida y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la sociedad absorbente, que adquirirá dicho patrimonio por sucesión universal, subrogándose en todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, así como la atribución de acciones de la sociedad absorbente a los accionistas de la sociedad absorbida de conformidad con los términos del referido proyecto común de fusión.
Se hace constar el derecho que corresponde a los accionistas, socios y a los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos Balances de fusión.
Se hace constar igualmente el derecho que corresponde a los acreedores de las sociedades intervinientes de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME. No existen obligacionistas en ninguna de las sociedades intervinientes.
Sant Cugat del Vallès (Barcelona), 13 de diciembre de 2011.- Don Rubén Bonet i Romero, Presidente del Consejo de Administración de Fractus, S.A. y de Thermopylae Partners, S.L.
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