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Documento BORME-C-2011-39635

PREVISORA INVERSIONES, SICAV, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GENERA FINANZAS, SICAV, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 246, páginas 42190 a 42191 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2011-39635

TEXTO

Anuncio de fusión.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 4 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias de las sociedades Previsora Inversiones, Sicav, Sociedad Anónima y Genera Finanzas, Sicav, Sociedad Anónima, celebradas con carácter Universal con fecha 21 de diciembre de 2011, aprobaron, por unanimidad, la fusión de dichas sociedades, mediante fusión por absorción de Genera Finanzas, Sicav, Sociedad Anónima por Previsora Inversiones, Sicav, Sociedad Anónima, con disolución sin liquidación de la primera y transmisión en bloque de su patrimonio a Previsora Inversiones, Sicav, Sociedad Anónima, que adquirirá todos los derechos y obligaciones a título de sucesión universal.

La fusión por absorción se realizará tomando como Balances de fusión los de las correspondientes entidades cerrados a fecha 31 de diciembre de 2010, los cuales han sido debidamente aprobados por las mencionadas Juntas Generales de accionistas, si bien la situación patrimonial que reflejan los citados Balances de fusión únicamente debe ser interpretada como valor de referencia, puesto que la ecuación de canje aplicable y aprobada por las Juntas Generales se obtendrá a través del valor liquidativo de los patrimonios de las dos sociedades, calculado el día anterior al del otorgamiento de la escritura pública de fusión, de acuerdo con la normativa específica vigente en materia de Sociedades de Inversión de Capital Variable.

Las Juntas Generales de ambas sociedades han acordado que el tipo de canje de las acciones será establecido, según lo establecido en el proyecto de fusión, sobre la base del valor real del patrimonio de ambas sociedades absorbida y absorbente, resultante del valor liquidativo de los patrimonios de las dos sociedades, calculado el día anterior al del otorgamiento de la escritura pública de fusión. Asimismo, los picos de acciones de Genera Finanzas, Sicav, Sociedad Anónima, que representen una fracción de acción de la sociedad absorbente, serán adquiridos por Previsora Inversiones, Sicav, Sociedad Anónima a su valor liquidativo correspondiente al día anterior al del otorgamiento de la escritura pública de fusión. Igualmente, se hace constar que la compensación económica total a entregar a los accionistas de la sociedad absorbida no excederá del límite del 10% previsto en el artículo 25, apartado 2.º de la Ley 3/2009, de 4 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

El canje se llevará a cabo, en principio, con acciones que Previsora Inversiones Sicav, Sociedad Anónima pudiera tener en autocartera. En lo que no fuera suficiente, se realizará con cargo a capital no emitido. A este respecto, señalar que la Junta General de Previsora Inversiones Sicav, Sociedad Anónima ha acordado la modificación del artículo 5.º de los Estatutos sociales con objeto de establecer en la sociedad absorbente, un nuevo capital social inicial y un nuevo capital estatutario máximo, procediendo al aumento de los mismos, ya que aun siendo previsible que para proceder al canje de las acciones como consecuencia de la fusión no sea necesaria la fijación de un nuevo capital social inicial y estatutario máximo, se considera que es en interés de los accionistas la realización de esta modificación con el objeto de dotar a la sociedad de la posibilidad de ampliar sus fondos propios a través de la compra o suscripción de un mayor número de acciones por parte de los accionistas.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 4 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar el derecho que asiste a todos los socios y acreedores de las sociedades citadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y Balances de fusión.

Finalmente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, los acreedores de cualquiera de las dos sociedades intervinientes en el proceso de fusión podrán ejercitar el derecho de oposición que les asiste durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión.

Logroño a, 23 de diciembre de 2011.- Don Enrique María Azcárate Bernaola, Presidente del Consejo de Administración de Previsora Inversiones, Sicav, Sociedad Anónima y del Consejo de Administración de Genera Finanzas, Sicav, Sociedad Anónima.

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