Fusión por absorción
En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de Abril, sobre Modificaciones estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales y Extraordinarias de las Sociedades "JLB Junior, S.L." y "Barcemobel, S.L." celebradas con carácter universal el día 2 de Febrero de 2.011, acordaron por unanimidad, la fusión de dichas Sociedades mediante la absorción de " Barcemobel, S.L." por parte de "JLB Junior, S.L.", con entera transmisión del patrimonio de la Sociedad absorbida a la Sociedad absorbente, que incorporará en bloque a título de sucesión universal todos los elementos integrantes del activo y pasivo de dicha Sociedad, subrogándose "JLB Junior, S.L." en todos los derechos y obligaciones de "Barcemobel, S.L." que quedará disuelta y extinguida, sin liquidación.
La fusión se ha llevado a cabo según el proyecto de fusión que no ha sido depositado en el Registro Mercantil de Barcelona de acuerdo con lo que prevé el artículo 42 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, y de los respectivos Balances cerrados a día 31 de Diciembre de 2010.
Derecho de información y oposición: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley de Modificaciones estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades que son parte en la operación de fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión, así como el derecho de los acreedores de dichas sociedades a oponerse a la fusión, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio, en los términos previstos en el artículo 44 de la citada Ley.
Barcelona, 10 de febrero de 2011.- Doña Clara Terradas Miró, en su calidad de Administradora única de todas las sociedades intervinientes.
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