Contido non dispoñible en galego
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "Ley"), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de "Noeco, Sociedad Limitada" y el socio único de la sociedad "Exito 2005, Sociedad Limitada Unipersonal" constituyéndose en Junta General de socios de la citada sociedad y ejerciendo las competencias propias de la misma, acordaron la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción de la última por la primera. Tales acuerdos fueron adoptados, por unanimidad, el 17 de febrero de 2011, en los términos del artículo 42 de la Ley.
Asiste a los socios, a los acreedores, así como a los representantes de los trabajadores y, en su caso, a los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión, el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión y a los acreedores de cada una de dichas sociedades el derecho a oponerse a la fusión; todo ello en los términos de los artículos 43.1 y 44 de la Ley.
Arenys de Munt (Barcelona), 21 de febrero de 2011.- Don Josep María Donat Legrand, en calidad de Administrador solidario de Noeco, Sociedad Limitada y de Exito 2005, Sociedad Limitada Unipersonal.
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