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Documento BORME-C-2011-8604

COMPAÑÍA URBANIZADORA DE LA RIBERA SUR
DEL MAR MENOR, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 66, páginas 9115 a 9116 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2011-8604

TEXTO

A los efectos de publicidad previstos en el artículo 305 y 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hacen público que en la Junta General Ordinaria de la Sociedad, validamente constituida en segunda convocatoria, celebrada el 10 de marzo de 2011, cuya Acta fue autorizada por el Notario de Madrid don José María Mateos Salgado, se adoptó, entre otros, por unanimidad los acuerdos de reducción del capital social a cero euros, con amortización de las acciones al portador y simultáneo aumento del capital social, con emisión de nuevas acciones nominativas, que se transcribirán en el libro de acciones nominativas, y que se ejecutarán bajo las siguientes condiciones:

1ª. – Para la concesión del ejercicio del derecho de preferencia por los socios accionistas que deseen concurrir a la ejecución de la reducción y simultáneo aumento de capital acordado en la Junta General, deberán de modo imprescindible acreditar su legitimación como socios accionistas mediante el depósito de las acciones ordinarias al portador de las que sean propietarios, en su domicilio social de la calle Goya, n.º 48, bajo derecha, de Madrid, en el plazo de un mes desde la publicación del anuncio de oferta de suscripción de nuevas acciones.

2ª. – En función del porcentaje sobre el capital social de las acciones al portador depositadas en el domicilio social por los socios accionistas, estos podrán ejercitar su derecho de preferencia en el plazo de un mes desde este anuncio publicado en el BORME, desembolsando el contravalor de las nuevas acciones ordinarias nominativas, mediante aportación dineraria, que podrá ser satisfecha en metálico, mediante cheque conformado expedido a nombre de la mercantil o mediante ingreso en una cuenta corriente de la sociedad, debiéndose realizarse en el momento de la suscripción en un 50%, o bien, mediante aportaciones no dinerarias.

3ª. – Si transcurrido este plazo de un mes quedaran aún acciones nominativas sin suscribirse, y en el supuesto de que este importe suscrito, no alcanzara el capital mínimo para Sociedades Anónimas, es decir, 60.101,21 euros, se permitirá a los socios accionistas que hayan ejercitado el derecho de suscripción preferente, en un nuevo plazo de quince días, la asunción y desembolso del resto de acciones nominativas que hubieran quedado libres, en las mismas condiciones de aportaciones previstas en el anterior punto, y en la proporción en el que hayan ejercitado su derecho de preferencia si concurren varios socios, de modo que se complete el aumento de capital social propuesto en la cantidad de 65.000 euros distribuido en 650 acciones nominativas de 100 euros de valor nominal cada una, números 1 a 650, ambas inclusive, o como mínimo, en acciones nominativas que superen o igualen el capital mínimo de 60.101,21 euros.

4ª. – En caso de aportación dineraria, el desembolso del 50% de la aportación restante para suscribir el aumento de capital social, tendrá que desembolsarse por los socios accionistas de cualquiera de las formas establecidas en la condición 2.ª, dentro del año siguiente a la adopción del acuerdo.

5ª. – En el supuesto que los socios accionistas, en el ejercicio del derecho de suscripción preferente, no alcanzarán a suscribir el capital social mínimo para Sociedades Anónimas, es decir, 60.101,21 euros, quedará sin efecto tanto la reducción como la ampliación de capital social acordadas en la Junta General restituyéndose las aportaciones así como la amortización de acciones al portador, que se devolverían a sus propietarios, así como la emisión de nuevas acciones nominativas, anulándose el libro de acciones nominativas legalizado a tales efectos.

6ª. – Ejecutado el acuerdo de reducción y simultáneo de capital social aprobado en la Junta General, se modificará el carácter de las acciones que hasta la fecha son al portador, pasando en lo sucesivo a ser nominativas, transcribiendo el Administrador Único los socios accionistas que hayan suscrito el capital social en el Libro Registro de Acciones Nominativas que a tal efecto se diligenciará en el Registro Mercantil de Madrid.

Madrid, 11 de marzo de 2011.- Don Tomas Maestre Aznar, representante de Wintergreen Management, S.L., Administradora Única de la "Compañía Urbanizadora de la Ribera Sur del Mar Menor, S.A.".

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