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El día 2 de enero de 2011, la Junta General Universal de Socios de "Dis-Tecanal, S.L.," aprobó la escisión total de esta entidad, por unanimidad a favor de la sociedad "Akralab, S.L.", que también aprobó la citada escisión en Junta General Universal de Socios por unanimidad, en la misma fecha, y de la Sociedad de nueva constitución Dis-Tecanal, S.L., que adopta la denominación de la sociedad escindida (art. 418, 2. del Reglamento del Registro Mercantil), con la consiguiente disolución sin liquidación de Dis-Tecanal, S.L., cuyo patrimonio se divide en dos partes, que son transmitidas en bloque por sucesión universal a cada una de las sociedades beneficiarias, recibiendo a cambio los socios de la sociedad escindida participaciones de las beneficiarias proporcionalmente a su respectiva participación en el capital social de la escindida.
Se hace constar expresamente el derecho de los socios de las sociedades intervinientes en la escisión, así como de los acreedores de las mismas de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el balance de escisión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores, durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la escisión, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.
En Alicante a, 19 de enero de 2011.- Administradora única de Dis-Tecanal, S.L., doña Eva María García Martín-Francés y administrador único de Akralab, S.L., don Esteban Molina Lara.
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