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De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General de la expresada sociedad, en su reunión de "22 de septiembre de 2010", se acordó reducir el capital social en novecientos setenta y seis mil trescientos cuarenta y dos euros y cincuenta y tres céntimos (976.342,53 euros), quedando fijado en seiscientos noventa y siete mil setecientos setenta y nueve euros y tres céntimos (697.779,03 euros), con la finalidad de condonar dividendos pasivos no satisfechos y restitución de aportaciones, mediante la amortización de 54.151 acciones numeradas de la 38.702 a las 92.852 ambas inclusive quedando las restantes acciones números 1 a 38.701 ambas inclusive. El importe a restituir asciende a 300.000 euros. Dicho acuerdo se adopta por unanimidad. Los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la reducción de capital, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de reducción, en los términos previstos en los artículos 334, 336 y 337 de la Ley de Soceidades de Capital.
Valencia, 30 de marzo de 2011.- El órgano de administración.
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