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Reducción de Capital
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 319 de la LSC y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 336 del mismo cuerpo legal, se hace público que la Junta General de la expresada sociedad celebrada el 25 de junio de 2010 acordó, por unanimidad:
Reducir el capital social en la cantidad de 52.411,56 euros, mediante la amortización de acciones propias, previamente adquiridas a los accionistas por un importe de 52.411,56 euros de conformidad con el artículo 146 de la LSC.
Reducir el capital social en la cantidad de 16.228,35 euros, por la amortización de acciones mediante devolución de aportaciones a todos los accionistas de la sociedad, la cantidad total a entregar a los accionistas de la sociedad será de 16.228,35 euros.
En consecuencia, el capital social queda fijado en un importe de 141.006,33 euros, representado por 1.173 acciones ordinarias, nominativas y de una sola serie, de 120,21 euros cada una, totalmente suscritas y desembolsadas, modificándose en los citados términos el artículo 5 de los Estatutos Sociales.
Los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la reducción de capital en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de reducción de conformidad con el artículo 336 de la LSC.
En Barcelona, 29 de marzo de 2011.- El Secretario del Consejo de Administración, Don Narciso Marfá Bernades.
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