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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME") por remisión del artículo 73.1 de la misma norma, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de la mercantil Manufacturas Burgalesas del Vidrio, S.L., celebrada con fecha 1 de enero de 2011, ha acordado por unanimidad, la escisión parcial de una parte de su patrimonio, constitutiva de una unidad económica independiente, a favor de una sociedad beneficiaria de nueva creación que girará en el tráfico jurídico mercantil mediante la denominación social de Mabuvi Vidrio, S.L.
Se hace constar, de conformidad con los artículos 43 y 44 de la LME, (i) el derecho que asiste a los socios y acreedores de Mannufacturas Burgalesas del Vidrio, S.L. de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de Escisión, así como (ii) el derecho que asiste a los acreedores de Manufacturas Burgalesas del Vidrio, S.L. a oponerse a la escisión en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de escisión.
Burgos, 1 de enero de 2011.- Los Administradores Solidarios de Manufacturas Burgalesas del Vidrio, S.L., don Ruperto Javier Crespo López y doña Natividad Ortega Martín.
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