Que en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" número 101, de 30 de mayo de 2012, se publicó en el orden del día de la convocatoria de Junta general ordinaria y extraordinaria el siguiente texto:
«Tercero.- Modificación y refundición de los Estatutos en un sólo texto, siendo las modificaciones esenciales que se pretenden introducir las siguientes: Reseña de la nueva legislación en vez de la anterior; posibilidad de sistemas alternativos para el órgano de administración; ampliación a seis años de la duración del cargo de Administrador; establecimiento de que el cargo de administrador sea retribuido, fijando la forma de retribución. No se variarán el objeto, duración, domicilio y la consideración de al portador de las acciones.»
Que el texto anterior debería haber quedado redactado como sigue:
«Tercero.- Modificación y refundición de los Estatutos en un sólo texto, siendo las modificaciones esenciales que se pretenden introducir las siguientes: Reseña de la nueva legislación en vez de la anterior; posibilidad de sistemas alternativos para el órgano de administración; ampliación a seis años de la duración del cargo de Administrador; establecimiento de que el cargo de administrador sea retribuido, fijando la forma de retribución; modificación de la forma de convocatoria de la Junta. No se variarán el objeto, duración, domicilio y la consideración de al portador de las acciones.»
Palma de Mallorca, 30 de mayo de 2012.- Los Administradores mancomunados, Fernando Dameto Fortuny e Ignacio Deya Frutos.
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