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Documento BORME-C-2012-18761

MERIDIANO, S.A., COMPAÑÍA ESPAÑOLA DE SEGUROS,
SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
COMPAÑÍA DE SEGUROS DE ENTERRAMIENTOS
LA CORONA, S.A., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 109, páginas 20447 a 20447 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-18761

TEXTO

Anuncio de Fusión

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 y concordantes de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, y demás normativa de aplicación, se hace público que el accionista único de Meridiano, S.A., Compañía Española de Seguros, Sociedad Unipersonal, como absorbente, titular del 100 por 100 del capital social de la sociedad absorbida Compañía de Seguros de Enterramientos La Corona, S.A., Sociedad Unipersonal, adoptó el 30 de mayo de 2012 las decisiones de fusión por absorción de esta última por Meridiano, S.A., Compañía Española de Seguros, Sociedad Unipersonal, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la absorbente.

La fusión ha sido decidida conforme al artículo 49 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, y de conformidad con los términos del proyecto común de fusión formulado, aprobado y suscrito por unanimidad de los miembros de los órganos de administración de las sociedades intervinientes, el día 30 de abril de 2012, y que también fue aprobado por el accionista único de Meridiano, S.A., Compañía Española de Seguros, Sociedad Unipersonal, en las decisiones antes mencionadas.

Se hace constar de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición a la fusión que corresponde a los acreedores en los términos del artículo 44 de la citada Ley, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Asimismo según el artículo 72 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados 2686/1998, se hace constar el derecho de los socios disidentes y los no asistentes a adherirse al acuerdo de fusión en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

La fusión aprobada queda condicionada, con carácter suspensivo, a la obtención de la preceptiva autorización del Ministro de Economía y Hacienda de acuerdo con el artículo 24 del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, y demás legislación concordante y de aplicación.

Málaga, 30 de mayo de 2012.- Presidente del Consejo de Administración de Meridiano, S.A., Compañía Española de Seguros, Sociedad Unipersonal, y Administrador único de Compañía de Seguros de Enterramientos La Corona, S.A., Sociedad Unipersonal, don José Juan Payá Cayuelas.

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