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Documento BORME-C-2012-18768

INMOBILIARIA BENET, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE)
BENSUIN INMOBILIARIA, S.L.
BENSURE INMOBILIARIA, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE LA ESCISIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 109, páginas 20454 a 20454 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-18768

TEXTO

Conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 4 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, por remisión de lo dispuesto en el artículo 73 de la misma Ley, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de "Inmobiliaria Benet, S.L.", celebrada el día 7 de mayo de 2012, ha aprobado por unanimidad y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, la Escisión Parcial de Inmobiliaria Benet, S.L. (Sociedad Escindida parcialmente), mediante el traspaso en bloque por sucesión universal de dos partes de su patrimonio que constituyen unidades económicas independientes a las sociedades Bensuin Inmobiliaria, S.L., y Bensure Inmobiliaria, S.L. (Sociedades beneficiarias de la escisión parcial), que se crearán como consecuencia de la escisión parcial, en base a los balances de escisión cerrados a 31 de diciembre de 2011.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión parcial de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como los balances de escisión aprobados.

Asimismo, se hace constar que los acreedores de las sociedades intervinientes podrán ejercer su derecho de oposición en los términos señalados en el artículo 44 de la Ley 3/2009, en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación del último anuncio de escisión.

Barcelona, 7 de mayo de 2012.- D. Agustín Navas Santos, Administrador Único de Inmobiliaria Benet, S.L.

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