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Documento BORME-C-2012-18966

SIRVEX, S.A.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
RUEDAS ALEX, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 110, páginas 20656 a 20656 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-18966

TEXTO

Anuncio de segregación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME"), por remisión del artículo 73.1 de la LME, se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de accionistas de "Sirvex, S.A." (la Sociedad), celebrada en el domicilio social el día 30 de mayo de 2012, ha aprobado, por unanimidad, la segregación de una rama de actividad de la sociedad y aportación de la misma a favor de una sociedad beneficiaria de nueva creación, "Ruedas Alex, S.L.U.", mediante la constitución de la misma.

La Sociedad segregada traspasará en bloque, sin extinguirse, y por sucesión universal, la parte del patrimonio de la Sociedad dedicada a la actividad de fabricación, distribución y comercialización, de todo tipo de ruedas de goma, plástico o similares, constitutiva de una unidad económica independiente, a favor de una sociedad beneficiaria de nueva creación, "Ruedas Alex, S.L.U.", que adquirirá todos los derechos y obligaciones inherentes a dicho patrimonio segregado. La Sociedad recibirá, a cambio, la totalidad de las participaciones sociales de la Sociedad beneficiaria de nueva creación.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de la Sociedad a solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de segregación, no siendo necesarios el informe de los administradores ni el informe de expertos independientes sobre el proyecto de segregación, en los términos previstos en los artículos 42 y 78.3 de la LME.

Igualmente, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad a oponerse a la segregación en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de segregación.

Sant Andreu de la Barca (Barcelona), 31 de mayo de 2012.- José Asens Rebollo, Administrador solidario.

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