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Documento BORME-C-2012-19592

UNIÓN HOSTELERÍA ESBA, SOCIEDAD LIMITADA

Publicado en:
«BORME» núm. 115, páginas 21311 a 21312 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2012-19592

TEXTO

D. José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona, Hago saber: Que en el expediente de Jurisdicción voluntaria en materia de sociedades limitadas seguidas ante este Juzgado con el número 154/2012, se ha dictado la presente resolución en fecha 23 de abril de 2012 y cuyo encabezamiento y parte dispositiva el del tenor literal siguiente: Juzgado Mercantil-Girona. Asunto: 154/2012. Auto núm. 76/2012. Girona, 23 de abril de dos mil doce. Antecedentes de Hecho Primero.- En fecha de 5/3/2012 se presentó demanda por el Procurador/a de los Tribunales Francesc de Bolós Pi en nombre y representación de Eva Arnal Esteve y Luisa del Carmen Paillao Machuca en la que se solicitaba la convocatoria judicial de Junta de socios de la entidad mercantil Unión Hostelería Esba, S.L. Segundo.- Admitida a trámite la solicitud, quedaron los autos pendientes de resolución al no poderse practicar la preceptiva audiencia al administrador de la sociedad. Acuerdo: Convocar a Junta General de socios de la Compañía Mercantil "Unión Hostelería Esba, S.L.", en la Notaría de Jordi Fugardo Pelliser sita en la Rambla Pau Casal, 12, bajos, de Tossa de Mar, señalándose para su celebración el día 10 de julio de 2012, a las 12,00 horas, bajo la presidencia de la persona designada, Eva Arnal Esteve y como Secretaria Luisa del Carmen Paillao Machuca, con las formalidades legalmente previstas, de acuerdo con el siguiente

Orden del día

Primero.- Examen de la situación de la sociedad tras el fallecimiento de don Javier Sabaté Moralí.

Segundo.- Acuerdo de disolución y liquidación de la sociedad.

Tercero.- Nombramiento de liquidador.

Cuarto.- Fijación de la retribución del liquidador.

Quinto.- Modificación del art. 12 de los Estatutos societarios para que las Juntas Generales puedan celebrarse en Barcelona.

Sexto.- Modificación del art. 12 de los Estatutos societarios para que la convocatoria de las Juntas se efectúe mediante comunicación individual y por escrito.

Séptimo.- Ruegos y preguntas.

Los gastos de honorarios y notariales serán de cargo de la sociedad. Requiérase al Presidente de la Junta designado, para que una vez celebrada, remita acta de la Junta General a este Juzgado, para su unión a las presentes actuaciones, y una vez aportada, archívese este expediente. Entréguese copia del presente auto a Eva Arnal Esteve a través de su presentación procesal para que proceda a la publicación de anuncios en los medios determinados en la presente resolución y para que, con copia del mismo, proceda a convocar a la Junta a la socia María Luisa Marco Gracia. Contra la presente resolución no cabe recuso alguno (art. 45.5 LSRL) Así por este su auto, lo acuerda, manda y firma Hugo Novales Bilbao, Magistrado titular de este Juzgado Mercantil de Girona. Seguidamente se notifica a las partes la presente resolución. Doy fe. Y para que sirva de publicidad y para su publicación en el Boletín Oficial de Registro Mercantil expido el presente.

Girona, 1 de junio de 2012.- El Secretario Judicial.

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