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Documento BORME-C-2012-21489

SAINT GOBAIN CRISTALERÍA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE )
SAINT-GOBAIN GLASS SOLARCONTROL, S.L.,
SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 131, páginas 23317 a 23317 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-21489

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que los socios de Saint Gobain Cristalería, S.L., y el Socio Único de Saint Gobain Glass Solarcontrol, S.L., (Sociedad Unipersonal) con fecha 28 de junio de 2012 acordaron aprobar la fusión por absorción por la Sociedad Saint Gobain Cristalería, S.L. (Sociedad Absorbente), de la sociedad Saint Gobain Glass SolarcontroL, S.L. Sociedad Unipersonal (sociedad absorbida), adquiriendo la primera, por sucesión universal todos los bienes, derechos y obligaciones que constituyen el patrimonio de la absorbida, que quedará disuelta y extinguida sin liquidación. La fusión se acordó con arreglo al proyecto de fusión formulado por los Administradores con fecha de 30 de marzo de 2.012, depositado en el en el Registro Mercantil de Madrid el día 26 de abril de 2012 y en el Registro Mercantil de Zaragoza el día 24 de abril de 2012, aprobados por sus respectivos socios y auditados por sus respectivos auditores de cuentas.

Estando la sociedad absorbida íntegramente participada por la sociedad absorbente, no se realiza como consecuencia de la fusión ampliación de capital alguna, ni emisión de acciones ni modificación de los Estatutos Sociales. No se otorga ninguna ventaja a expertos independientes, administradores o accionistas. Las operaciones de la sociedad absorbida se entenderán efectuadas a efectos contables por la sociedad absorbente a partir del 1 de enero de 2012.

Se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las mencionadas sociedades, a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y los Balances de Fusión, pudiendo solicitar su entrega o envío gratuitos, así como el derecho de oposición que podrán ejercer los acreedores, en el plazo y términos establecidos en el artículo 44, de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Madrid, 4 de julio de 2012.- El Secretario del Consejo de Administración.

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