En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el 22 de junio de 2012, las respectivas Juntas Generales de Socios de Falck VL Transporte Sanitario, Sociedad Limitada (sociedad absorbente) y Falck VL Servicios Sanitarios, Sociedad Limitada (sociedad absorbida), acordaron la fusión por absorción de la sociedad absorbida por la sociedad absorbente.
Asiste a los socios, a los acreedores y a los representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión y, a los acreedores de cada una de dichas sociedades, el derecho a oponerse a la fusión, todo ello en los términos de los artículos 43.1 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril.
Adicionalmente, se hace constar que, en el marco de la fusión proyectada, Falck VL Transporte Sanitario, Sociedad Limitada cambia su denominación social, adoptando la denominación social de la sociedad absorbida, y pasa, por ende, a denominarse, Falck VL Servicios Sanitarios, Sociedad Limitada.
Granollers (Barcelona), 9 de julio de 2012.- La Secretaria no Consejera del Consejo de Administración de Falck VL Servicios Sanitarios, Sociedad Limitada y Falck VL Transporte Sanitario, Sociedad Limitada, doña Elena Cuatrecasas Giménez-Salinas.
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