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Anuncio de Fusión
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (LME), se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las sociedades Rokiblau, S.L., y Alternativas Crecientes, S.L., aprobaron por unanimidad, en sus reuniones celebradas el 20 de julio de 2012, la fusión por absorción de las mercantiles Alternativas Crecientes, S.L. (como sociedad absorbida), y Rokiblau, S.L. (como sociedad absorbente), con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, Alternativas Crecientes, S.L., transmitiendo en bloque a título de sucesión universal la totalidad de su patrimonio a la sociedad absorbente, Rokiblau, S.L., todo ello de acuerdo con lo previsto en el Proyecto de Fusión común redactado y suscrito por los Administradores de ambas sociedades. Las referidas Juntas Generales aprobaron, asimismo, por unanimidad como balances a efectos de fusión los cerrados a 30 de junio de 2012. La fusión tendrá efectos contables a la fecha de toma del acuerdo por las Juntas Generales de las sociedades intervinientes en la fusión, considerándose a tal efecto la fecha de 20 de julio de 2012.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión. Asimismo, se hace constar, que los acreedores de las sociedades intervinientes que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos del artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Barcelona, 20 de julio de 2012.- Administrador único de Rokiblau, S.L., D. Daniel Belohlavek. Administradores mancomunados de Alternativas Crecientes, S.L., D. Felipe Alberto González Rodríguez y D. Mateo Nieto Domínguez.
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