Está Vd. en

Documento BORME-C-2012-23223

LO QUILES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
M.D. ARQUITECTURA Y URBANISMO, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 146, páginas 25123 a 25123 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-23223

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Universal Extraordinaria de Socios de la sociedad Lo Quiles, S.L., celebrada el 25 de junio de 2012, aprobó la fusión con la Sociedad M.D. Arquitectura y Urbanismo, S.L., mediante la absorción de esta última por la Sociedad Lo Quiles, S.L., con la disolución sin liquidación de M.D. Arquitectura y Urbanismo, S.L., traspasándose la totalidad de su patrimonio a la sociedad absorbente, en los términos establecidos en el acuerdo de fusión tomado en la referida Junta.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 49.1.4.ª de la precitada Ley 3/2009, al ser el único socio de la sociedad absorbente titular de todas las participaciones sociales en que se divide el capital social de la sociedad absorbida, se hace constar que la fusión ha sido únicamente aprobada por la Junta General de la sociedad absorbente, sin que haya sido necesario contar con la aprobación de la fusión por la Junta General de la sociedad absorbida. Asimismo, conforme al citado artículo no ha sido necesario redactar el proyecto de fusión.

La Junta General Universal Extraordinaria de Lo Quiles, S.L., acordó, al amparo de lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 3/2009, considerar como balance de fusión los balances de situación de cada sociedad participante cerrados a 31 de diciembre de 2011. La efectividad contable de los acuerdos de fusión se considerará producida a partir del día 1 de enero de 2012.

No existe, ni en la Sociedad absorbente ni en la Sociedad absorbida, ninguna clase de participaciones sociales especiales o privilegiadas, ni persona que tenga derechos especiales distintos de las participaciones. No se atribuirán ventajas de ninguna clase a favor de los Administradores de las sociedades participantes en la fusión ni a favor de expertos independientes.

Se informa igualmente que en la reunión celebrada se ha acordado modificar el artículo 2.º "Objeto Social" de los Estatutos de Lo Quiles, S.L.

La presente fusión se acoge al régimen tributario establecido en el Capítulo VIII del Título VII del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.

Se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades absorbente y absorbida a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado, así como los balances de fusión que, asimismo, fueron aprobados en la Junta General Universal Extraordinaria celebrada el 25 de junio de 2012.

Asimismo, se hace constar el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan, conforme a lo establecido en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril. Para ejercitar el derecho de oposición, los acreedores disponen del plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Madrid, 11 de julio de 2012.- El Administrador Único de Lo Quiles, S.L., don Juan-Antonio Mínguez Bajo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid