Está Vd. en

Documento BORME-C-2012-23746

DOFEPI, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PROMODOFEPI, S.L.U
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 150, páginas 25670 a 25670 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-23746

TEXTO

Anuncio de fusión.

Las Juntas generales extraordinarias de "Dofepi, S.L." y "Promodofepi, S.L.U.", celebradas con carácter de universal el día 20 de julio de 2012 acordaron por unanimidad la fusión y absorción de esta última por la primera, disolviéndose "Promodofepi, S.L.U.", sin liquidación y transmitiendo en bloque su patrimonio social a "Dofepi, S.L.", quien por sucesión universal adquirirá todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida.

La operación se acordó en base al proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Barcelona en fecha 3 de Julio de 2012 sin aumento de capital de "Dofepi, S.L.", al pertenecer la totalidad de las participaciones sociales de "Promodofepi, S.L.U.", a la sociedad absorbente y darse por tanto el supuesto previsto en el artículo 49 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles. No existe por tanto proporción de canje. Todo ello según resulta del propio proyecto de fusión.

Las operaciones de "Promodofepi, S.L.U.", se entenderán realizadas por cuenta de "Dofepi, S.L.", desde el día 1 de enero de 2012.

Han sido aprobados los Balances que han servido de base para la operación cerrados en cuanto a ambas sociedades en fecha 31 de diciembre de 2011.

A los efectos previstos en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar que los acreedores y los socios de ambas sociedades tienen derecho de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión y que la fusión no podrá ser realizada antes de que transcurra un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión, durante cuyo plazo los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la misma en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Barcelona, 23 de julio de 2012.- Javier Domingo Piera, Administrador único "Dofepi, S.L.", y "Promodofepi, S.L.U.".

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid