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En la Junta General Universal celebrada el día 30 de julio de 2012, se acordó por unanimidad de todos sus socios, la transformación de la sociedad de anónima en limitada, con la debida conversión de acciones en participaciones.
Sin que ninguno de los socios haya hecho uso del derecho de separación de socios que la ley les reconoce.
Todo ello, a los efectos del artículo 14 de la Ley 3/2009 de 3 de abril.
Madrid, 3 de septiembre de 2012.- El Secretrario.
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