Se hace público que el 27 de julio de 2012 las Juntas Generales Universales Extraordinarias de socios y de accionistas de "Cepsa Carburantes y Lubricantes, S.L.U. (en adelante denominada CCL), de "Cepsa Lubricantes, S.A."(en adelante denominada CLSA) y de "Petróleos de Canarias, S.A.U." (en adelante denominada Petrocan), respectivamente, aprobaron, por unanimidad, la escisión de dos ramas de actividad en CCL, con traspaso de todos los activos y pasivos integrantes de las mismas a favor de CLSA y de Petrocan, respectivamente. En virtud de la escisión así aprobada, CLSA adquiere en bloque la totalidad de los activos y pasivos integrantes de la rama de actividad de lubricantes de CCL, y Petrocan adquiere en bloque la totalidad de los activos y pasivos integrantes de la rama de almacenamiento de CCL.
Al estar las tres sociedades participantes en la escisión participadas íntegramente por "Compañía Española de Petróleos, S.A.U.", es de aplicación a esta operación societaria lo establecido al efecto en los artículos 70 y ss. de la ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Se deja expresa constancia, conforme a lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles y en las modificaciones legislativas posteriores, del derecho que asiste a los accionistas y a los acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como del derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan de oponerse a la escisión dentro del plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión.
Madrid, 7 de septiembre de 2012.- El Secretario del Consejo de Administración de "Cepsa Carburantes y Lubricantes, S.A.", Manuel Villavieja Romero.
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