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Aumento de capital social con cargo a reservas.
En cumplimiento del artículo 503 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General Extraordinaria de accionistas de Abengoa, S.A. ("Abengoa" o la "Sociedad"), en su reunión de 30 de septiembre de 2012, acordó aumentar el capital social de Abengoa con cargo a reservas de las previstas en el artículo 303.1 de la Ley de Sociedades de Capital. Asimismo, en ejercicio de la delegación de facultades conferida por la referida Junta General, el Consejo de Administración acordó en esa misma fecha llevar a efecto y fijar los términos y condiciones pendientes del aumento de capital liberado. Los principales términos y condiciones del citado aumento son los que se detallan a continuación:
Importe del aumento y acciones a emitir: El capital social se aumenta en un importe nominal de 4.304.501,52 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 430.450.152 nuevas acciones clase B de 0,01 euros de valor nominal cada una, de las misma clase y con los mismos derechos que las actualmente en circulación (las "Nuevas Acciones"). El aumento de capital se realiza en la proporción de 4 acciones clase B nuevas de 0,01 euros de valor nominal cada una por cada acción (ya sea clase A o clase B) de la sociedad actualmente en circulación.
Las nuevas acciones se representarán por medio de anotaciones en cuenta, cuyo registro contable está atribuido a la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal (Iberclear) y a sus entidades participantes.
Tipo de emisión, desembolso y balance que sirve de base a la operación: El tipo de emisión es a la par, es decir, 0,01 euros por acción y se realiza íntegramente con cargo a la cuenta de "Reservas Voluntarias, Prima de Emisión y Remanente" de la sociedad. La emisión será totalmente liberada y todos los gastos de la misma correrán a cargo de Abengoa. El Balance que sirve de base a la operación es el correspondiente a 30 de junio de 2012, verificado por el Auditor de cuentas de la sociedad y aprobado por la Junta General Extraordinaria de accionistas de 30 de septiembre de 2012.
Derechos de asignación gratuita de la nuevas acciones: Los derechos de asignación gratuita de las Nuevas Acciones, en la proporción de cuatro (4) derechos de asignación gratuita por cada acción actualmente en circulación, serán asignados a los accionistas de Abengoa que fueran titulares de, al menos, una (1) acción clase A o clase B actualmente en circulación según los registros contables de Iberclear y de sus Entidades Participantes a las 24.00 horas del día en que se publique el presente anuncio en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil". Cada derecho de asignación gratuita atribuirá a su titular el derecho a recibir una Nueva Acción.
Período de negociación de los derechos de asignación gratuita: Los derechos de asignación gratuita serán negociables en las Bolsas de Valores de Madrid y Barcelona a través del Sistema de Interconexión Bursátil durante un plazo de 15 días naturales que comenzará el día siguiente al de publicación de este anuncio. Este período no será prorrogable. Durante ese mismo período los accionistas podrán solicitar la asignación de las acciones que les correspondan a través de las entidades participantes en Iberclear, así como solicitar una copia firmada del boletín de suscripción con el contenido requerido por el artículo 309 de la Ley de Sociedades de Capital. En cualquier caso, al final del citado período, las Nuevas Acciones serán asignadas a quien resulte titular de los derechos de asignación gratuita en la proporción de una (1) Nueva Acción por cada derecho de asignación gratuita.
Derechos políticos y económicos. Las Nuevas Acciones clase B confieren a sus titulares, a partir de la fecha de la inscripción del aumento de capital social en el Registro Mercantil, los derechos y obligaciones contemplados en los Estatutos de la sociedad para este tipo de acciones. En particular, los titulares de las Nuevas Acciones tendrá derecho a percibir los dividendos, cantidades a cuenta de dividendo y dividendos complementarios, u otras distribuciones que se acuerden satisfacer a partir de dicha fecha.
Admisión a negociación. Está previsto que las Nuevas Acciones sean admitidas a negociación en las Bolsas de Valores de Madrid y Barcelona, para lo que se llevarán a cabo las actuaciones que sean precisas de conformidad con lo previsto en la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, y su normativa de desarrollo.
Sevilla, 1 de octubre de 2012.- Don Miguel Ángel Jiménez-Velasco Mazarío, Secretario General y del Consejo.
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