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En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "Ley"), se hace público que el día 20 de diciembre de 2011, Petróleos de Portugal-Petrogal, Sociedade Anónima, Sucursal en España, accionista único de Galp Energía España, Sociedad Anónima (sociedad unipersonal), ejerciendo las funciones de la Junta General de Accionistas de esta, ha acordado la fusión por absorción entre Galp Energía España, Sociedad Anónima (sociedad unipersonal), como sociedad absorbente, y Galp Serviexpress, Sociedad Limitada (sociedad unipersonal), como sociedad absorbida. La fusión se realiza sin necesidad de aprobación por el socio único de Galp Serviexpress, Sociedad Limitada (sociedad unipersonal) por ser de aplicación lo previsto en el artículo 49.1.4º de la Ley.
Asiste a los accionistas, socios, a los acreedores y a los representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, y a los acreedores de cada una de dichas sociedades el derecho a oponerse a la fusión, todo ello en los términos de los artículos 43.1 y 44 de la Ley.
Alcobendas (Madrid), 6 de febrero de 2012.- El Secretario del Consejo de Administración de la sociedad absorbente y de la sociedad absorbida, don Joaquín Motos Clemente.
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