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Se hace público que el socio único de Complejo Agrícola, S.A.(Sociedad Unipersonal) decidió el día 10 de octubre de 2012 aprobar la fusión de esta sociedad con Rusal, S.A. (Sociedad Unipersonal) y Nutral Aprovisionamientos, S.L.(Sociedad Unipersonal), mediante la absorción de las dos últimas por la primera, con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y traspaso en bloque, a título universal, de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes el día 26 de junio de 2012, depositado en el Registro Mercantil de Madrid y comunicado a los interesados, junto con la información sobre la fusión, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto integro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Madrid, 10 de octubre de 2012.- El Secretario no consejero de los Consejos de Administración de Complejo Agrícola, S.A. (Sociedad Unipersonal) (sociedad absorbente), Rusal, S.A. (Sociedad Unipersonal) y Nutral Aprovisionamientos, S.L. (Sociedad Unipersonal) (sociedades absorbidas).
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