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Documento BORME-C-2012-28420

ISS FACILITY SERVICES, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ISS FACILITY MANAGEMENT SPAIN, S.L.U.
ISS SOLUCIONES DE MANTENIMIENTO Y GESTIÓN INTEGRAL, S.L.U.
ISS SOLUCIONES DE JARDINERÍA, S.A.U.
ISS SERVICIOS AUXILIARES Y COMPLEMENTARIOS DE OFICINAS, S.A.U.
ISS LOGÍSTICA, PRODUCCIÓN Y OUTSOURCING, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 208, páginas 30608 a 30608 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-28420

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que el accionista único de "ISS Facility Services, S.A.U." (la sociedad absorbente), con fecha 25 octubre de 2012, ha aprobado la fusión por absorción de las sociedades "ISS Facility Management Spain, S.L.U.", "ISS Soluciones de Mantenimiento y Gestión Integral, S.L.U.", "ISS Soluciones de Jardinería, S.A.U.", "ISS Servicios Auxiliares y Complementarios de Oficinas, S.A.U." e "ISS Logística, Producción y Outsourcing, S.L.U." (las sociedades absorbidas) por parte de la sociedad absorbente, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión depositado con fecha 23 de octubre de 2012 en el Registro Mercantil de Barcelona.

La operación de fusión por absorción proyectada implicará la integración de las sociedades absorbidas en la sociedad absorbente, mediante la transmisión en bloque de su patrimonio en beneficio de la sociedad absorbente, su extinción sin liquidación, y sin que proceda el aumento del capital social de la sociedad absorbente dado que, sociedad absorbente y sociedades absorbidas están participadas al 100% por el mismo socio/accionista único, esto es, la sociedad "Integrated Service Solutions, S.L.U."

Se hace constar el derecho que asiste a los socios/accionistas y a los acreedores de cada una de las sociedades absorbidas y de la sociedad absorbente de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos Balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades absorbidas y de la sociedad absorbente de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Barcelona, 25 de octubre de 2012.- Joaquim Borràs Ferré, Presidente de los respectivos Consejos de Administración de las sociedades intervinientes en la fusión.

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