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Documento BORME-C-2012-28947

FLEUROP INTERFLORA ESPAÑA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 211, páginas 31154 a 31155 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2012-28947

TEXTO

A efectos de lo dispuesto en el artículo 339 de la Ley de Sociedades de Capital se comunica que la Junta general de la sociedad, celebrada el día 25 de octubre de 2012, acordó, con la mayoría legal y estatutariamente exigible, reducir el capital social como máximo en la cuantía de cuatrocientos treinta y cuatro mil novecientos cincuenta y ocho euros con sesenta y ocho céntimos de euro (434.958,68 euros). Esta reducción de capital se realizará mediante la adquisición de acciones de la propia sociedad a los accionistas para su posterior amortización en los términos previstos en el artículo 342 de la Ley de Sociedades de Capital.

Para llevar a cabo esta reducción de capital, la Junta general de la sociedad celebrada el día 25 de octubre de 2012 ha acordado formular una oferta de compra de un máximo de ciento veintiocho mil seiscientas ochenta y seis (128.686) acciones de la sociedad, actualmente en circulación, que se corresponden con un valor nominal total de cuatrocientos treinta y cuatro mil novecientos cincuenta y ocho euros con sesenta y ocho céntimos de euro (434.958,68 euros), a razón de tres euros con treinta y ocho céntimos de euro (3,38 euros) por acción.

La oferta, que se realiza en los términos previstos en el artículo 339 de la Ley de Sociedades de Capital, está dirigida a todos los accionistas de la sociedad y se rige por las siguientes condiciones:

- Comprador: "Fleurop Interflora España, S.A."

- Acciones: Máximo de 128.686 acciones de la sociedad actualmente en circulación.

- Destinatarios: Todos los legítimos titulares de acciones de la sociedad.

- Precio: Precio ofertado, idéntico para todas y cada una de las acciones objeto de la oferta, es de catorce euros (14 euros) por acción.

- Período de aceptación: Los accionistas interesados en vender sus acciones deberán remitir a las oficinas de la sociedad en cualquier momento desde la recepción de la oferta y las 19.00 horas del día 14 de diciembre de 2012, una carta de aceptación.

Las aceptaciones deberán contener firma autógrafa del accionista o su representante legal. Los documentos, con las formalidades descritas, podrán adelantarse por fax o adjuntarse en copia a un correo electrónico, a los efectos que se indican en el apartado sobre prorrateo.

Las aceptaciones tendrán carácter irrevocable e incondicional, obligándose el accionista remitente a vender el número de acciones para el que haya expresado la aceptación o el que en su caso se derive de la aplicación de las reglas de prorrateo a las que se refiere el apartado siguiente.

Aquellas aceptaciones recibidas después de la fecha fijada como límite se tendrán por no recibidas.

- Reglas de prorrateo: Las reglas de prorrateo serán de aplicación en el supuesto de que el número total de acciones que se derive de las aceptaciones exceda del máximo aprobado.

Las aceptaciones se atenderán por orden de recepción. Solo cuando hayan sido totalmente atendidas las recibidas en un día del plazo de aceptación podrán atenderse aceptaciones recibidas en un día posterior. Las aceptaciones recibidas el mismo día se considerarán recibidas simultáneamente. La asignación de acciones se practicará, entonces, en proporción al número de títulos para los que cada accionista haya formulado su aceptación, redondeándose a la baja.

A los efectos del cómputo de la fecha de recepción de aceptaciones, se observarán las siguientes reglas:

- Se considerarán recibidas el día 6 de noviembre de 2012 todas las aceptaciones recibidas con anterioridad a ese día.

- Las aceptaciones recibidas en días no laborables en las oficinas de la Sociedad se considerarán recibidas el primer día laborable siguiente.

- Las aceptaciones adelantadas por fax o correo electrónico se contabilizarán como recibidas en la fecha en que se reciba el fax o el correo electrónico siempre que conste en la copia adelantada la firma autógrafa.

Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la conclusión del plazo de recepción de aceptaciones, la sociedad comunicará a cada uno de los accionistas que hubieran expresado su intención de vender el número de acciones que efectivamente se adquirirán.

- Pago del precio y transmisión: El precio se satisfará mediante orden de transferencia bancaria remitida a la cuenta que, en la propia carta de aceptación, haya indicado el accionista. El importe total a transferir a cada accionista será el resultado de multiplicar el número de acciones resultante, en su caso, de la aplicación de las reglas de prorrateo por el precio unitario.

De conformidad con el artículo 120 de la Ley de Sociedades de Capital y la disposición adicional tercera de la Ley del Mercado de Valores, las operaciones de compraventa serán intermediadas por la entidad de Banco Finantia Sofinloc, S.A. repartiéndose todos los gastos por mitad entre la sociedad y el accionista vendedor. La citada entidad de crédito remitirá a la sociedad y cada uno de los accionistas las pertinentes actas de compra y venta, para constancia.

A los efectos de la ejecución, la sociedad remitirá al accionista vendedor los documentos exigidos por el Banco intermediario, a efectos de su devolución, debidamente cumplimentados y con las formalidades exigidas dentro del plazo que se indique en la propia comunicación. La falta de remisión de los documentos necesarios en la forma exigida dentro del plazo ofrecido facultará a la Sociedad para resolver la compraventa.

El pago del precio y la ejecución de la compraventa tendrán lugar dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la conclusión del período para recepción de aceptaciones, y en todo caso transcurrido el plazo previsto en el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital para que los acreedores sociales puedan oponerse al acuerdo de reducción del capital.

- Ley aplicable y jurisdicción: La oferta y los actos que deriven de ella quedan sometidos a la legislación española común. Cualquier discrepancia será resuelta por los juzgados y tribunales correspondientes al domicilio social de la Sociedad, con exclusión de cualquier otro fuero.

Madrid, 25 de octubre de 2012.- El Secretario del Consejo de Administración, don Eduardo González López.

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