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Documento BORME-C-2012-28997

LUFRIFARM, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
LUFAG, SOCIEDAD LIMITADA
FRIOALIMENT, SOCIEDAD LIMITADA
FARM-ALGODADI, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 212, páginas 31209 a 31209 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-28997

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44, todos ellos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles y demás disposiciones aplicables, se hace público que los socios de la entidad mercantil "Lufrifarm, Sociedad Limitada", acordaron, por unanimidad, en Junta general extraordinaria y universal de fecha 24 de octubre del año en curso, aprobar, de conformidad con el artículo 49 del referido texto legal, la fusión por absorción de las sociedades íntegramente participadas "Lufag, Sociedad Limitada", "Frioaliment, Sociedad Limitada" y "Farm-Algodadi, Sociedad Limitada", en virtud de lo cual se transmite a título universal, el patrimonio de las sociedades absorbidas a la sociedad absorbente así como la extinción por disolución, sin liquidación, de las sociedades absorbidas, habiendo sido acordada, asimismo, la adopción por parte de la sociedad absorbente de la denominación de la sociedad absorbida "Lufag, Sociedad Limitada".

Por tratarse de un acuerdo adoptado en los términos del artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, con la asistencia de todos los socios y adoptado por unanimidad, no son aplicables a esta operación las normas generales sobre el proyecto y el Balance de fusión que se establecen en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes de la fusión, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de fusión, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de tales sociedades durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de Escisión parcial, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

León, 25 de octubre de 2012.- El Secretario del Consejo de Administración de "Lufrifarm, Sociedad Limitada", Gabriel del Pozo Ordóñez.

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