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En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "Ley"), se hace público que el 25 de octubre de 2012 las correspondientes Juntas Generales de socios de las sociedades Grupo Alfonso Gallardo, Sociedad Limitada y Algadi Díaz, Sociedad Limitada, acordaron la escisión parcial de la Sociedad Escindida en favor de la Sociedad Beneficiaria.
Asiste a los socios, a los acreedores y a los trabajadores de las sociedades participantes en la escisión el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión y a los acreedores de cada una de dichas sociedades el derecho a oponerse a la escisión, todo ello en los términos los artículos 43.1 y 44 de la Ley.
En Jerez de los Caballeros (Badajoz), 25 de octubre de 2012.- El Administrador Único de Grupo Alfonso Gallardo, Sociedad Limitada (Sociedad Escindida) y Algadi Díaz, Sociedad Limitada (Sociedad Beneficiaria), don Alfonso Gallardo Díaz.
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