Contido non dispoñible en galego
Acuerdo unánime de fusión
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, con fecha 30 de junio de 2012, las Juntas Universales de las sociedades "Viriato, Sociedad Anónima" y "Emprendimientos Viriato, Sociedad Limitada" han aprobado por unanimidad la fusión de las dos sociedades, mediante la absorción de la segunda por la primera, que es su único socio. Con ello se produce la disolución sin liquidación de la segunda, así como su extinción, con transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida.
Asiste a los accionistas, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión, el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión y a los acreedores de cada una de las sociedades mencionadas, el derecho a oponerse a la fusión, todo ello en los términos establecidos en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Ordes, 12 de noviembre de 2012.- Administrador, Alejandro Ríos Freijo.
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