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Documento BORME-C-2012-30057

HARLAM RUSTICAE, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INVYMARK, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 221, páginas 32366 a 32366 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-30057

TEXTO

Se hace público que las respectivas Juntas generales –y/o acuerdo del socio único– de las sociedades referenciadas, celebradas con carácter universal el día 15 de octubre de 2012, acordaron, por unanimidad, la fusión de estas sociedades, mediante la absorción por "Harlam Rusticae, S.L." (actualmente denominada "Invymark, S.L.") de "Invymark, S.A.U.", produciéndose la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y, el traspaso en bloque a favor de la sociedad absorbente, a título de sucesión universal, de todos los elementos patrimoniales integrantes del Activo y del Pasivo de la sociedad absorbida –todo ello conforme a los términos recogidos en el Proyecto común de Fusión aprobado el 11 de octubre de 2012–, quedando la sociedad absorbente plenamente subrogada en todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, y, adoptando la sociedad absorbente la denominación de la sociedad absorbida, ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 418 del Reglamento del Registro Mercantil.

Los acuerdos de fusión han sido adoptados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 3/2009, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, siendo así que la sociedad absorbente es titular de forma directa de todas las acciones de la entidad absorbida.

Asimismo, las Juntas generales aprobaron los correspondientes Balances de fusión, adoptándose como tales los cerrados el día 31 de mayo de 2012, considerándose realizadas, a efectos contables, las operaciones de la sociedad absorbida por cuenta de la sociedad absorbente, el mismo día 1 de enero de 2012, de conformidad con lo dispuesto en el apartado "2.2.2 Fecha de efectos contables" de la norma de registro y valoración 21.ª del Plan General de Contabilidad.

Se hace constar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Asimismo, se hace constar, en cumplimiento del artículo 43 del referido texto legal, el derecho que asiste a los acreedores de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la misma norma.

Madrid, 12 de noviembre de 2012.- El Administrador único de las sociedades "Harlam Rusticae, S.L." (actualmente "Invymark, S.L."), e "Invymark, S.A.U.", don Francisco Javier Ferradal Márquez.

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