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Documento BORME-C-2012-30842

IMAR INGENIERÍA MODULAR, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 232, páginas 33206 a 33206 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2012-30842

TEXTO

En cumplimiento del artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que en Junta general extraordinaria de accionistas de la entidad "Imar Ingenieria Modular, Sociedad Anónima", celebrada con carácter universal el día 12 de noviembre de 2012, se acordó por unanimidad reducir el capital social de la entidad antes de 31 de diciembre de 2012, en la cifra total de 257.900 euros, con la finalidad de amortizar las acciones propias que se encuentran en autocartera, de las siguientes clases y numeración: 2142 acciones de la serie A, con un valor nominal de 100 euros la acción, números 1 al 1224 ambas inclusive; y 2143 a 3060, ambas inclusive; y 1748 acciones de la serie B, de un valor nominal de 25 euros la acción, números 3061 a 3366; 4285 a 5332 y 5727 a 6120 todas ellas inclusive.

Como consecuencia de la reducción, la cifra de capital social queda fijada en 124.600 euros, dividido en un total de 2230 acciones nominativas, de ellas 918 de la serie A, números 1225 a 2142 ambos inclusive y 1312 acciones de la serie B, números 3367 a 4284 ambas inclusive y, 5333 a 5726 ambas inclusive, que se encuentran totalmente suscritas y desembolsadas.

En el mismo acto, se acordó sin entrañar variación en la cifra de capital social, la modificación del valor nominal de las acciones, estableciéndose una única clase y serie con un valor nominal de un euro por acción, renumerándose las acciones y modificándose el artículo 5 de los estatutos para reflejar la cifra de capital: 124.600 acciones nominativas de un euro de valor nominal cada una de ellas, números 1 al 124.600 ambos inclusive.

La reducción no entraña devolución de aportaciones por ser la propia sociedad la titular de las acciones y se ha realizado con cargo a reservas voluntarias mediante la dotación de una reserva por capital amortizado por igual importe que el valor nominal de las acciones amortizadas de la que solo será posible disponer con iguales requisitos que los exigidos para la reducción de capital en aplicación de lo previsto en el artículo 335 c) de la Ley de Sociedades de Capital. En consecuencia, los acreedores de la sociedad no tendrán el derecho de oposición a que se refiere el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital.

El presente anuncio se encuentra asimismo disponible en la página web de la sociedad, www.armariosimar.com

Forcarei, 13 de noviembre de 2012.- El Administrador solidario, Gumersindo Márquez Tain.

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