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Documento BORME-C-2012-30851

BALI BAZAR, SOCIEDAD LIMITADA

Publicado en:
«BORME» núm. 233, páginas 33216 a 33217 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2012-30851

TEXTO

Junta General Extraordinaria de Accionistas El Administrador único convocan a los señores accionistas a la Junta General Extraordinaria de Accionistas, que se celebrará en Benidorm (Alicante), Avenida de L’Aigüera, 15, el próximo día 2 de enero 2013, a las 12 horas, en primera convocatoria, con el siguiente

Orden del día

Primero.- Proceder, en su caso, a la fusión por absorción de las Sociedades "Bali Bazar, S.L." y "Bali Bazar Voranova, S.L.".

Segundo.- Acuerdo sobre la propuesta de fusión. Aprobación, en su caso, como balance de fusión, del balance de la Sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2012.

Tercero.- Delegación de facultades para formalizar, subsanar y ejecutar los acuerdos adoptados por la Junta General Extraordinaria de Accionistas.

Cuarto.- Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la Junta General Extraordinaria.

Según el artículo 196 de la Ley de Sociedades de Capital y el 39 de la Ley 3/2009, se ponen a disposición de los socios las cuentas anuales, los informes de gestión de los tres últimos ejercicios, el balance de fusión de cada una de las sociedades, la identidad de los administradores, así como cualquier aclaración que estimen precisa acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día. Menciones relativas al proyecto de fusión. 1.-Sociedad absorbente: Bali Bazar, Sociedad Limitada, B53694162, Registro Mercantil de Alicante, tomo 2587, Libro 0, folio 151, Sección 8, Hoja A73087, Inscripción 1; Sociedad absorbida: Bali Bazar Voranova, Sociedad Limitada, B54284500, Registro Mercantil de Alicante, tomo 3239, Libro 0, folio 56, Sección 8: Hoja A109477, Inscripción 1.ª 2.-Las razones de la fusión son: la necesidad de simplificar la estructura empresarial y la reducción de costes administrativos. 3.-Por la presente fusión, la sociedad Bali Bazar, Sociedad Limitada, incorporará por sucesión universal a su balance todos los bienes, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida. 4.-No será necesario modificación alguna de los estatutos sociales de la sociedad absorbente, ni de la composición de su órgano de administración. 5.- No se otorgarán, ni existen titulares de acciones especiales en la sociedad absorbente, ni titulares de derechos especiales en la sociedad absorbida. 6.- No se atribuye ventaja de clase alguna en la Sociedad absorbente a los administradores. 7.-Las operaciones de la sociedad absorbida se consideran realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente, a partir del día 1 de enero del ejercicio en que se aprueba la fusión. 8.-Se consideran balances de fusión los últimos balances anuales de cada sociedad, cerrados a 31 de diciembre de 2012. 9.- La fusión se acoge al régimen tributario del capítulo VIII del título VII de la Ley del Impuesto de Sociedades. 10.- La fusión lleva aparejada la total asunción por parte de la Sociedad absorbente de todos los derechos y obligaciones de la Sociedad absorbida.

Benidorm, 23 de noviembre de 2012.- Administrador, Joaquín Pérez Cano.

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