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Documento BORME-C-2012-31003

INNEO TORRES, S.L
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
TALAVERA EÓLICA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 237, páginas 33385 a 33385 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-31003

TEXTO

Anuncio de fusión

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante LME), se hace público que la Junta General de socios de Inneo Torres, S.L. celebrada el día 12 de Noviembre de 2012 adoptó por unanimidad aprobar la fusión por absorción conforme al artículo 53 de la LME de Talavera Eólica, S.L. Sociedad Unipersonal (Sociedad Absorbida) íntegramente participada por Inneo Torres, S.L. (Sociedad Absorbente), con la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y el traspaso en bloque de todo su patrimonio social a la sociedad absorbente según los términos acordados por la Junta General de la sociedad absorbente y de acuerdo con el Proyecto de Fusión suscrito el 29 de Junio de 2012 de forma conjunta por los Consejos de Administración de ambas sociedades.

De conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la LME no es necesario la adopción del acuerdo de fusión por parte de la sociedad absorbida.

De conformidad con lo previsto en el artículo 42 de la LME el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la LME al haberse aprobado en Junta Universal y por decisión unánime de los socios de las sociedades.

Se hace constar que los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión tienen derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los Balances de Fusión que resultan preceptivos, así como el derecho de los socios y representantes de los trabajadores a examinar en el domicilio social de cada sociedad y solicitar la entrega o envío gratuito de copia íntegra de los documentos relacionados con la fusión conforme a los artículos 43 y 39 de la LME. Asimismo, se hace constar que los acreedores de las sociedades participantes en la fusión pueden oponerse al acuerdo de fusión durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de la última publicación de este anuncio, en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Madrid, 12 de noviembre de 2012.- Rolando Arrieta Cabez, Secretario del Consejo de Administración de Inneo Torres, S.L. y de Talavera Eólica, S.L.

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