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Documento BORME-C-2012-31009

PROMOGEDESA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 237, páginas 33391 a 33391 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2012-31009

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de accionistas, celebrada el 28 de noviembre de 2012, acordó reducir el capital social de la compañía en la cantidad de 14.347.895,10 euros, disminuyendo en 69,27 euros el valor nominal de todas y cada una de las 207.130 acciones ordinarias nominativas en que se halla dividido el capital social, todo ello con la finalidad prevista en el artículo 320 de la indicada Ley, es decir, teniendo la reducción por finalidad el restablecimiento del equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto de la sociedad disminuido por consecuencia de las pérdidas acumuladas por la compañía en los últimos ejercicios; quedando la compañía tras la reducción aquí acordada, con un capital social de 6.365.104,90 euros, representado y dividido en 207.130 acciones ordinarias y nominativas de 30,73 euros de valor nominal cada una de ellas, totalmente suscritas y desembolsadas, numeradas correlativamente de la número 1 a la 207.130, ambos inclusive.

Como consecuencia de la reducción acordada queda modificado el artículo 5 de los Estatutos sociales de la compañía, para reflejar la nueva cifra del capital social.

La reducción de capital se ha realizado sobre la base del Balance de situación de la sociedad cerrado a fecha 31 de mayo de 2012, formulado por el Consejo de Administración y aprobado por la Junta general y sometido previamente a verificación por los Auditores de cuentas de la sociedad, "Abantos Auditores y Asesores, S.L." (inscrito en el R.O.A.C. n.º S1.545), en fecha 23 de octubre de 2012.

En cuanto al plazo de ejecución de dicho acuerdo de reducción, éste tiene eficacia inmediata por la sola voluntad de la Junta general, al no existir derecho de oposición de los acreedores a la reducción de capital, en virtud de lo dispuesto en el artículo 335 a) de la Ley de Sociedades de Capital.

Madrid, 29 de noviembre de 2012.- El Secretario del Consejo de Administración, Antonio Herrero Castillo.

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