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Anuncio de fusión por absorción.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de los partícipes de "Medinabí Rodamientos, S.L.", en fecha 23 de noviembre de 2012, acordó, por unanimidad, la fusión por absorción mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de la sociedad absorbida a favor de la sociedad absorbente, quien adquiere por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de la misma, en los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por el Consejo de Administración de la sociedad absorbente y por el Administrador único de la sociedad absorbida de fecha 19 de noviembre de 2012, que fue aprobado, por unanimidad, de la Junta general extraordinaria y universal de la sociedad absorbente. Dicha fusión fue aprobada sobre la base de los Balances específicos cerrados a 30 de septiembre de 2012 de dichas sociedades, también aprobados por unanimidad.
La fusión tiene carácter de impropia, por lo que la sociedad absorbida está íntegramente participada por la sociedad absorbente y, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, no procede establecer tipo de canje de las participaciones ni ampliar capital de la sociedad absorbente. Tampoco procede elaborar los informes de los Administradores y expertos independientes sobre el proyecto común de fusión.
En consecuencia, se procede a la disolución sin liquidación y traspaso en bloque de todos el activo y pasivo de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente. La fusión impropia referida tendrá efectos contables a partir del 1 de octubre de 2012.
No se otorgará ningún tipo de opciones ni de derechos especiales ni ventajas de ninguna clase en la sociedad absorbente, ni a ninguna persona que haya intervenido en la fusión, ni se efectuará modificación estatutaria alguna en la sociedad absorbente.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan por plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Madrid, 5 de diciembre de 2012.- El Secretario del Consejo de Administración, Eugenio Rojo Trapero y Presidente del Consejo de Administración de "Medinabí Rodamientos, S.L.", Ignacio Medina Carrillo. El Administrador único de "Rodamientos Medina, S.L.", Ignacio Medina Velasco.
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