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En cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 43.1 y 73.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta universal de la sociedad "Atabons i Rajoles, S.L.", celebrada en fecha 13 de noviembre de 2012, ha adoptado el acuerdo de escisión parcial de la sociedad "Atabons i Rajoles, S.L.", mediante la transmisión de una rama de actividad, por sucesión universal, consistente en la unidad económica formada por la participación de la escindida en su actividad inmobiliaria, con los elementos necesarios para el desarrollo de la misma, que forma una unidad económica autónoma, a una sociedad de nueva creación denominada "Llibepo, S.L.".
Se cumplen en el presente caso los requisitos exigidos en los artículos 42 y 78 bis de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles para llevar a cabo la operación de escisión parcial mediante el procedimiento simplificado.
Los socios, acreedores y trabajadores de la sociedad que se escinde parcialmente pueden obtener el texto integro del acuerdo de escisión adoptado aprobado por unanimidad. Los acreedores cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del acuerdo escisión tienen derecho a oponerse a la escisión en el plazo de un mes desde la última publicación del acuerdo de escisión.
Lliria, 13 de noviembre de 2012.- Administrador.
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