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Documento BORME-C-2012-4543

CARBÓNICA AVILESINA, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
TRANSPORTES Y SERVICIOS DEL PRINCIPADO,
SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 50, páginas 4793 a 4793 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2012-4543

TEXTO

De conformidad con el Art.42 de la Ley sobre Modificaciones estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público el acuerdo de fusión de Carbónica Avilesina, S.A. (Sociedad Absorbente), y Transportes y Servicios del Principado, S.A. (Sociedad Absorbida), redactado y suscrito por los administradores de las sociedades con fecha 1 de febrero de 2012 acuerdo de fusión que supondrá el traspaso en bloque a la Sociedad Absorbente el patrimonio íntegro de la sociedad absorbida a título de sucesión universal, quedando subrogada la Sociedad Absorbente en todos los derecho y obligaciones de la Sociedades Absorbida con carácter general y sin reserva ni limitación alguna y con extinción de la absorbidas. Se hace constar el derecho que asista a los acreedores, titulares especiales, obligacionistas y representantes de los trabajadores de las Sociedades Absorbente y Absorbidas de oponerse a la fusión, durante el plazo de una mes desde la fecha de publicación del últimos anuncio de fusión, de conformidad con el artículo 42 y siguientes de la Ley 3/2009.

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace constar el derecho de los socios, acreedores, titulares especiales, obligacionistas y trabajadores de la Sociedad Absorbente y de los acreedores de las Sociedades Absorbente y Absorbidas, a examinar en el domicilio social el texto del acuerdo y el balance de fusión, y obtener la entrega o envío gratuito de los textos íntegros de dicha documentación. Por estar íntegramente participada no existe canje de acciones ni aumento de capital, ni es necesario informe a expertos independientes sobre el informe de fusión. También se hace constar el derecho de los acreedores de las Sociedades Absorbente y Absorbida cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del acuerdo de Fusión, no haya vencido en ese momento y hasta que se les garanticen tales créditos, de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, de conformidad con el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Avilés, 1 de febrero de 2012.- Administrador, José Torre Álvarez.

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