Las Juntas Generales universales y extraordinarias de las sociedades relacionadas, con fecha 23 de febrero de 2012, acordaron su fusión sobre la base de los balances de fecha 31 de diciembre de 2011, también aprobados por las Juntas Generales, mediante absorción por "Confecciones Rigans, S.L." de "Confecciones Gregal, S.L.".
No se depositó el proyecto de fusión dado que las participaciones de ambas sociedades están titularizadas en la misma proporción por los dos únicos socios. Y tampoco es necesario efectuar ampliación de capital ni ha lugar a establecer procedimiento de canje.
Las operaciones de la sociedad absorbida se considerarán efectuadas contablemente por cuenta de la sociedad absorbente a partir del día 1 de abril de 2012.
No se reconocen derechos especiales a sujeto alguno.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las Sociedades, en el plazo de un mes, y en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009 de 3 de abril.
Valencia, 1 de marzo de 2012.- Administradores solidarios, Jaime Mulet Signes, Dolores Bolufer Pascual.
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