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Anuncios de fusión y de modificación de denominación y objeto social
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, el día 21 de marzo de 2012, el Accionista Único de Nueva Madrileña de Gas, S.A.U. y el Accionista Único de Madrileña Red de Gas II, S.A.U., tras la aprobación de los balances y el proyecto de fusión, acordaron la fusión de las citadas sociedades mediante la absorción de Madrileña Red de Gas II, S.A.U. por Nueva Madrileña de Gas, S.A.U. con extinción, vía disolución sin liquidación, de aquélla y transmisión en bloque de su patrimonio social a la sociedad absorbente, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la absorbida, sin que proceda aumentar su capital social de conformidad con el artículo 49.1 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
De conformidad con el artículo 43 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se deja expresa constancia del derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social, así como del derecho de los acreedores de cada una de las sociedades de oponerse a la fusión, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 44 del referido texto legal, durante el plazo de un mes contado desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.
A los efectos oportunos, se hace constar que, como consecuencia de la fusión, y de conformidad con lo establecido el proyecto de fusión, la sociedad absorbente pasará a denominarse "Madrileña Red de Gas II, S.A.U." y modificará su objeto social, que quedará redactado como sigue:
"La sociedad tiene por objeto las actividades de distribución y transporte secundario de gas natural así como la distribución y venta de gases licuados del petróleo por canalización. La actividad integrante del objeto social podrá ser desarrollada, total o parcialmente, de modo indirecto mediante la titularidad de acciones o participaciones en sociedades con objeto idéntico o análogo de conformidad con la normativa del sector de hidrocarburos."
Madrid, 21 de marzo de 2012.- La Vicesecretaria del Consejo de Administración no consejera de Nueva Madrileña de Gas, S.A.U. y de Madrileña Red de Gas II, S.A.U., doña María José Descalzo Benito.
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