Contido non dispoñible en galego
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace constar que la junta general universal de la sociedad Cedente celebrada con fecha 26 de marzo de 2012 y el Consejo de administración de la sociedad Cesionaria, celebrado con fecha 28 de marzo de 2012, aprobaron la cesión global de los activos y pasivos de la sociedad Cedente a la sociedad Cesionaria y la consiguiente disolución de la Cedente, quedando la Cesionaria subrogada íntegramente en la titularidad del activo y pasivo de la sociedad Cedente. El acuerdo anterior ha quedado sometido a la condición suspensiva de que por parte del Ministerio de Economía y Competitividad, Banco de España y/o cualquiera otra autoridad u organismo se otorguen cuantas autorizaciones o verificaciones administrativas fueran precisas para llevar a cabo la cesión global de activo y pasivo a que se refiere el proyecto de cesión global de activo y pasivo aprobado por ambas sociedades.
En cumplimiento de lo establecido en los artículos 87.2 y 88 de la Ley de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace constar el derecho que asiste a los socios, acreedores y representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en los acuerdos de cesión global de activo y pasivo a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, el balance de cesión, el proyecto común de cesión, las cuentas anuales y los informes de gestión de los tres últimos ejercicios de las sociedades participantes, así como los correspondientes informes de auditoría de la sociedad Cesionaria, el informe de los administradores de la sociedad Cedente y a obtener la entrega o envío gratuito del texto íntegro de los mismos. Igualmente, se recuerda el derecho de los acreedores de dichas sociedades a oponerse, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, a la cesión global de activo y pasivo mediante comunicación escrita dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de cesión.
Se recuerda el derecho de los accionistas de la sociedad Cesionaria que representen, al menos, el uno por ciento del capital social de ésta, a lo establecido en el apartado 1 del artículo 51 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, en la redacción dada por el Real Decreto-Ley 9/2012, de 16 de marzo, de simplificación de obligaciones de información y documentación de fusiones y escisiones de sociedades de capital.
Madrid, 2 de abril de 2012.- Luis Alfonso Díaz Orueta, secretario del consejo de administración de Wex Point España, S.L. (Unipersonal).
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