Contido non dispoñible en galego
Anuncio de Segregación
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73.1 LME, se hace público que con fecha 31 de marzo de 2.012, la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de Construcciones y Urbanizaciones San Rafael, S.A. (la "Sociedad"), ha aprobado la segregación de la Sociedad a favor de una sociedad beneficiaria de nueva creación, San Rafael Altea Servicios, S.L.U. ( la "Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación").
La segregación implica el traspaso en bloque, por sucesión universal, de la parte del patrimonio de la Sociedad dedicada a la actividad de prestación de servicios generales de gestión administrativa, constitutiva de una unidad económica, a favor de la Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación y la atribución de las participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación a la Sociedad.
Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y a los acreedores de la Sociedad a obtener el texto íntegro del acuerdo de segregación adoptado, así como el Proyecto de Segregación y el Balance de Segregación, no siendo necesarios el informe de administradores sobre el proyecto de segregación ni el informe de expertos independientes, en los términos previstos en los artículos 42 y 78.3 de la LME.
Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad de oponerse a la segregación en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME
En Altea, 3 de abril de 2012.- Presidente y Secretario del Consejo de Administración, respectivamente, Don Mariano Pérez Pérez y Don Francisco Zaragoza Juan.
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