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Se hace público que el 17 de junio de 2013 el socio único de Acuidoro, Sociedad Limitada Unipersonal ("Acuidoro") y el accionista único de Alrogal, Sociedad Anónima Unipersonal ("Alrogal") acordaron la fusión por absorción de Alrogal por parte de Acuidoro.
Asiste al accionista único y al socio único de ambas sociedades, a los acreedores y a los representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, y a los acreedores de cada una de dichas sociedades el derecho a oponerse a la fusión, todo ello en los términos de los artículos 43.1 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.
Vigo, 17 de junio de 2013.- El Secretario no Consejero de los Consejos de Administración de Acuidoro, Sociedad Limitada Unipersonal y de Alrogal, Sociedad Anónima Unipersonal, don Luis Güell Cancela.
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