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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales, se hace público que el día 21 de diciembre de 2012, las Juntas Generales y Universales de "Armengol Enginyers, S.L.P." y "Ros & Crespo Enginyers Consultors, S.L.P." acordaron, respectivamente, por unanimidad, la fusión de las mismas, mediante la creación de una nueva sociedad de responsabilidad limitada profesional, con la denominación "Armengol & Ros Consultors i Associats, S.L.P.", con la consiguiente disolución sin liquidación y extinción de las sociedades fusionadas y la transmisión en bloque de sus patrimonios a favor de la nueva sociedad, que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de las sociedades fusionadas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales, los acuerdos de fusión se han adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de fusión, al haberse adoptado en Junta Universal y por acuerdo unánime de todos sus socios, respectivamente.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Igualmente se hace constar el derecho que asiste a dichos acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la citada Ley 3/2009, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Barcelona, 21 de diciembre de 2012.- D. Narcís Armengol i Gelonch, Administrador Único de "Armengol Enginyers, S.L.P." y D. Enric Ros i Baró y D. Gustavo Crespo Torres, Administradores Solidarios de "Ros & Crespo Enginyers Consultors, S.L.P.".
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