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Documento BORME-C-2013-11314

PUERTAS NORMA, S.A.
(EN LIQUIDACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 150, páginas 13149 a 13150 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2013-11314

TEXTO

Los Administradores Concursales de la Sociedad en Liquidación, en virtud de lo establecido en el Apartado 3 del artículo 145 de la Ley 22/2003 (Ley Concursal), y de conformidad con el auto de 22 de octubre de 2012 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Soria, que abrió la fase de liquidación de la Sociedad, convocan Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad para su celebración en el domicilio social, sito en Camino Quiñones, sin número, de San Leonardo de Yagüe, Soria, a las trece horas y treinta minutos (13:30 horas), del día 10 de septiembre de 2013, en primera y única convocatoria, a fin de deliberar y adoptar acuerdos sobre los asuntos incluidos en el siguiente

Orden del día

Primero.- Tomar conocimiento y acordar ratificar en su integridad, en su caso, el acuerdo alcanzado entre la administración concursal de Puertas Norma, S.A. en liquidación, la sociedad Puertas Norma, S.A. en liquidación (la Sociedad), los representantes legales de los trabajadores y la compañía Jeld Wen of Europe B.V. (el Accionista) para, entre otros asuntos: (1) Modificar los hechos probados del auto de 28 de octubre de 2012 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Soria en cuanto a (i) las indemnizaciones a percibir por los trabajadores de la Sociedad, que quedan limitadas a 20 días por año de servicio con un máximo de 12 mensualidades; (ii) la inexistencia de grupo de empresas a efectos laborales entre la Sociedad y su Accionista así como el resto de compañías del grupo que presentan cuentas consolidadas. (2) Convenir que dentro de la sección sexta del procedimiento concursal, el concurso de la Sociedad debe ser calificado de fortuito por no haber mediado dolo o culpa grave del deudor en la causación o agravación de la insolvencia, y tampoco de sus administradores, apoderados generales ni de quienes hubieran tenido tales condiciones dentro de los dos años anteriores a la declaración de concurso. (3) La cesión al Accionista de las acciones de reintegración concursal que pudieran asistir a la administración concursal. (4) La renuncia por el sindicato CC.OO. a la acción de conflicto colectivo seguida ante el Juzgado de lo Social número 1 de Soria (autos 424/2012). (5) La renuncia por los respectivos demandantes a las acciones formuladas en una serie de demandas individuales por despido improcedente basadas en el auto de 28 de diciembre de 2012 (6) La renuncia a ejercitar acciones contra la administración concursal de la Sociedad por el desempeño de su función y cumplimiento de deberes legales.

Segundo.- Ruegos y preguntas.

Tercero.- Redacción, lectura y aprobación del acta de la Junta.

A partir de la publicación de la convocatoria, todos los accionistas tienen el derecho de examinar en el domicilio social, así como de solicitar la entrega o el envío gratuito de los siguientes documentos: texto íntegro del acuerdo propuesto en el orden del día, cuyo contenido esencial coincide con el texto arriba transcrito en esta convocatoria.

San Leonardo de Yagüe, 26 de julio de 2013.- Los Administradores Concursales. Don Juan Sanz Herranz, don Jose María Uriel Sánchez y don Jorge de la Guerra Díaz-Maroto.

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